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Solicitudes basadas en registros de marcas extranjeras
Solicitudes basadas en registros de marcas extranjeras
Actualizado hace más de un año

Una vez registrada una marca en el extranjero, es posible utilizar el registro como base para presentar una solicitud en Estados Unidos.

Una de las ventajas de utilizar un registro de marca extranjera como base para presentar una solicitud en EE.UU. es que no es necesario demostrar el uso de la marca en el comercio dentro de EE.UU. para obtener el registro inicial. No obstante, tendrá que demostrar el uso de la marca en el comercio dentro de Estados Unidos cuando se renueve la marca entre el 5º y el 6º año después de la fecha de registro en Estados Unidos.

Tenga en cuenta que su solicitud estadounidense debe ser idéntica a su registro extranjero y abarcar la misma marca y los mismos productos y servicios.

Por ejemplo, si su registro en el extranjero es para un logotipo, su solicitud en EE.UU. debe cubrir el mismo logotipo idéntico. Además, las clases internacionales y la lista de productos y servicios de su registro extranjero deberán copiarse en su solicitud estadounidense. No puede añadir productos y servicios a su solicitud de EE.UU. que no figuren en su registro extranjero y reivindicar su registro extranjero como base de presentación para esos nuevos productos y servicios. Sin embargo, si sólo desea proteger algunas de las clases enumeradas en su registro extranjero, y no todas, puede hacerlo.

Para finalizar su solicitud estadounidense basada en un registro extranjero, deberá proporcionar al examinador de marcas estadounidense una copia del registro extranjero, traducida al inglés. En ese momento, se revisa el registro extranjero para garantizar que las clases internacionales y los productos y servicios coinciden con la solicitud estadounidense antes de que se emita el registro.

Es importante tener en cuenta que disponer de un registro extranjero no garantiza que su marca vaya a ser registrada en EE.UU.. Todas las solicitudes estadounidenses se revisan para comprobar que cumplen la legislación estadounidense en materia de marcas y que no se confunden con marcas estadounidenses registradas y presentadas con anterioridad.

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